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Regula la publicidad de tu servicio médico y tus productos de salud

con especialistas en COFEPRIS de forma fácil y Rápida

SOLICITA TU ASESORÍA GRATUITA

Control Sanitario de la Publicidad

En MKTSALUD contamos con Abogados especialistas en legislación sanitaria que te apoyarán con la agilización de trámites ante la COFEPRIS, que te permiten realizar la regulación de tus servicios, productos de forma rápida y sencilla obteniendo tus dictámenes de 5 a 10 días hábiles.

Estudiamos tus tratamientos, especialidad, mensajes e imágenes publicitarios para crear, diseñar, planificar y ejecutar una estrategia de marketing integral para tus proyectos publicitarios que te funcione para captar pacientes o vender tus productos y que sean aceptados por la COFEPRIS, dándonos alto porcentaje de respuestas positivas en dictámenes ante la autoridad.

Cuando le demuestras a tus pacientes y clientes que estás regulado ante COFEPRIS, obtienes su confianza y evitas multas y notificaciones.

AVISOS Y PERMISOS DE PUBLICIDAD

Avisos de Publicidad para médicos y servicios de salud

Avisos de Publicidad para médicos y servicios de salud

Permiso de publicidad para suplementos alimenticios

AUTORIZACIONES Y PERMISOS

Permisos Sanitarios

Permisos de Importación

Certificados de Exportación

Certificado de Libre Venta

Permisos de Publicidad

Permiso para utilizar recetarios especiales con código de Barras para médicos

Todos los permisos relacionados con la COFEPRIS en general

La comisión federal para la protección contra los riesgos sanitarios (COFEPRIS) regula la publicidad en todos los medios de difusión que se utilizan para difundir los anuncios publicitarios a la población en general o profesional y técnico.

Esto incluye a la televisión, cine, radio, espectacular, laterales de transporte, anuncios luminosos, carteles, prensa, revistas, correo directo, catálogos, folletos, volantes, material de punto de venta, así como a cualquier otro medio de comunicación, sea impreso, electrónico, telefónico, informático, de telecomunicaciones o mediante otras tecnologías.

  • Te permite posicionarte ante tus pacientes y tu sector de especialidad, como un profesional médico con productos y servicios certificados ante la comisión federal para la protección contra los riesgos sanitarios (COFEPRIS) generando confianza, y diferenciándote de la competencia.
  • Te permite hacer publicidad certificada en cualquier medio de comunicación digital, impresa, espectaculares, televisión, radio, impresos, sin riesgos de ser Boletinado con un cese de publicidad que no te permitiría hacer publicidad durante meses mientras subsanas el proceso administrativo solicitando el permiso, o ser acreedor de una multa por parte de la COFEPRIS, que no te permitirá hacer publicidad hasta que pagues la multa, la cual puede ser desde dos mil hasta dieciséis mil veces el valor de la UMA y subsanes solicitando el debido permiso.
  • El permiso y aviso de publicidad no tiene fecha de vencimiento, siempre está vigente después de emitido, lo solicitas solo una vez sin renovaciones a menos que agregues otros servicios a los que habías declarado al momento que te autorizaron la publicidad.

Según del Reglamento del Ley General de la Salud en materia de publicidad en los artículos 72 al 88

Casos donde se necesita un permiso de publicidad de COFEPRIS:

  • Prestación de servicios de salud por persona moral (salvo cuando se trate de servicios otorgados en forma individual)
  • Suplementos alimenticios.
  • Medicamentos y remedios herbolarios.
  • Equipos médicos, prótesis, órtesis, ayudas funcionales, agentes de diagnóstico, insumos de uso odontológico, materiales quirúrgicos y de curación; y productos higiénicos.
  • Servicios y procedimientos de embellecimiento.
  • Nutrientes vegetales cuando, de conformidad con las Normas Oficiales Mexicanas, tengan características tóxicas.
  • Sustancias tóxicas o peligrosas, cuando se trate de productos sujetos a control sanitario en términos del artículo 278 de la Ley.
  • Tiene pagos de derecho de acuerdo al medio de difusión que se solicite.

Casos donde se necesita un aviso de publicidad de COFEPRIS:

  • Actividades profesionales de forma física o individual: medicina, odontología, veterinaria, biología, bacteriología, enfermería, trabajo social, química, psicología, ingeniería sanitaria, nutrición, dietología, patología y sus ramas.
  • Actividades técnicas, auxiliares y de especialidades.
  • Bebidas no alcohólicas.
  • Insumos para la salud, cuando se dirija a profesionales de la salud.
  • No tiene pago de derechos es gratuito.

Sí; usted puede hacerlo directamente y si es un aviso de publicidad es completamente gratuito, este tipo de solicitud solo se tramita en la oficina principal de LA COFEPRIS EN CIUDAD DE MÉXICO.

  • Se requiere el armado de un Dossier (expediente) que debe estar sujeto al Reglamento del Ley General de la Salud en materia de publicidad, de acuerdo con:

El medio de difusión

El representante legal

El responsable sanitario, sus títulos, cédulas, especialidad,

Sus respectivas licencias, permisos, registros, que ya usted tenga en COFEPRIS DE ACUERDO CON LA CLAVE SCIAN.

  • Se requiere el desarrollo de un proyecto publicitario de acuerdo con el medio de difusión, ejemplo si es de página web, que ésta se adapte a todos los puntos anteriores mencionados y que tenga desarrollada la publicidad que se exige de acuerdo con el Reglamento del Ley General de la Salud en materia de publicidad, para su producto y/o servicio.

En este proyecto:

🚫No se pueden hacer variables o modificaciones debe apegarse a sus permisos, títulos y credenciales.

🚫Evitar mensajes subliminales, falsos o ficticios

🚫Exagerar las características de los servicios o productos

Sin embargo, contratar a una agencia de publicidad especializada en este tipo de trámites, te ahorra tiempo y dinero, al evitar que le hagan observaciones a su expediente y proyecto publicitario, devolviéndole el expediente al solicitar cambios y mas recaudos, nosotros lo hacemos por usted, para que sea un proceso sencillo manejado por profesionales certificados.

DEJE SUS DATOS AQUÍ
Reciba una asesoría personalizada de acuerdo a su producto o servicio de salud con uno de nuestros especialistas en trámites ante la COFEPRIS.

SERVICIO DE GESTIÓN PARA OBTENER EL PERMISO DE PUBLICIDAD DE COFEPRIS

Somos una agencia certificada para hacer Trámites de solicitud de permisos y aviso de publicidad ante la COFEPRIS

¿QUÉ INCLUYE NUESTROS SERVICIOS?

  • Formatos de solicitud, llenados exactos sin omisiones, que le puedan crear devoluciones. El mismo va fundamentado en su inscripción a COFEPRIS y su clave SCIAN.
  • Creación del Dossier (expediente), con todas las credenciales, títulos, permisos, licencias que va a solicitarle COFEPRIS para emitir su permiso.
  • Creamos y Revisamos los proyectos de publicidad como parte de un mecanismo preventivo de autorregulación, lo que ofrece un ahorro de tiempo y dinero al evitar posibles juicios de impugnación, derivados de prevenciones o rechazos.
  • Revisión del proyecto de publicidad. La revisión se realiza por cada servicio y tipo de mensaje.
  • Le asesoramos para hacer las debidas modificaciones en su página web y redes sociales para evitar rechazos.
  • El tiempo estimado de revisión una vez proporcionada toda la información es de 3 a 5 días hábiles.
  • Armado de dossier (expediente), revisión de la documentación requerida e ingreso de trámite ante COFEPRIS para la obtención del Permiso de Publicidad (internet-página web)
  • Acompañamiento a citas técnicas (si se requiere).
  • Atención y respuesta en caso de obtener una prevención.
  • Seguimiento hasta la obtención de la autorización.

**El tiempo máximo para la obtención de la autorización una vez ingresada la información es de 15 días hábiles, garantizando al 100% la aprobación de dicho trámite.

RECUERDA:

🔍👨🏻‍⚖️ COFEPRIS vigila y supervisa la publicidad autorizada y no autorizada.
⚖️Conoce el marco legal y evita multas o notificaciones.
🤝En tu publicidad y reglamentación debes tener un aliado

PREGUNTAS FRECUENTES

Si fuiste notificado por tu publicidad en redes sociales e internet (página web), lo que debes de hacer son los siguientes pasos:

1- Suspender la publicidad cuanto antes, debido a que solo te dan 72 horas hábiles

2- Tomar evidencia de que la publicidad ya esta suspendida

3- Hacer un escrito libre dirigida al comisionado federal de COFEPRIS donde indiques que ya acataste la orden de suspensión

4- Anexa una carta de suspensión publicitaria por parte de tu proveedor o agencia que te lleva tu publicidad

5- Anexar copia de tu identificación y/o copia de tu aviso de funcionamiento

6- Enviar por paquetería a la siguiente dirección:

Calle Oklahoma No. 14, Colonia Nápoles, Delegación Benito Juárez en la Ciudad de México C.P. 03810

Si tienes dudas respecto a esto, nos puedes contactar y te daremos asesoría de manera gratuita al 3316978421 o escríbenos un WhatsApp 3329766813

Esto depende del tipo de información por la cual te detectaron.

No te multarán, si en tu publicidad tienes únicamente contenido basado en información y orientación al público en general. Esta siempre debe llevar tus cédulas profesionales e instituciones que te respaldan como especialista. Basado en el artículo 17 de la ley general de salud en materia de publicidad. Sin embargo, esto no implica que no puedas ser notificado por COFEPRIS. Te recomendamos siempre tener todo en regla en tu publicidad.

Si te multarán, si en tu publicidad no cumples con los requisitos del artículo 17 de LGSMP. Sumando a esto también implica el promocionar de manera directa y explicita un tratamiento, procedimiento quirúrgico, servicio y/o estudio dentro de tu contenido, el cual no tiene una autorización por parte de COFEPRIS. Basándonos en el Artículo 18 de la LGSMP.

Puedes ser acreedor de una sanción por no tener la autorización correspondiente, estas ascienden hasta $84mil MXN basadas en el Artículo 18 de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad.

ARTÍCULO 18. No se autorizará la publicidad de la prestación de servicios de salud cuando:

  1. Desvirtúe o contravenga la normatividad aplicable en materia de prevención, tratamiento o rehabilitación de enfermedades;
  2. Ofrezca tratamientos preventivos, curativos o rehabilitatorios de naturaleza médica o paramédica cuya eficacia no haya sido comprobada científicamente, o
  3. No se acredite que el establecimiento o persona que preste el servicio cuente con el personal capacitado, los recursos técnicos y materiales adecuados, y con los demás elementos que al respecto exijan las disposiciones aplicables.

Puede hacerlo usted personalmente, sin embargo le recomendamos que consideres a tú agencia de publicidad como los indicados para realizar tu Proyecto Publicitario, pues son ellos quienes desarrollan el diseño web y el diseño gráfico, la redacción publicitaria o copywrinting del proyecto que usted debe presentar, los mismos deberán ser expertos en el  Reglamento del Ley General de la Salud en materia de publicidad para que no pierda tiempo y dinero en requerimientos o modificaciones solicitadas por COFEPRIS

Evita malos momentos y ten tranquilidad para realizar tus actividades diarias.

El trámite corresponde al tipo de proyecto que presentaras, debido a que influyen diferentes factores como;

Medio publicitario

Tipo de establecimiento

Servicio o producto a promover

Titulo publicitario

Cada uno son variables que modifican todos los aspectos del trámite.

De igual manera implica el tabulador de multas o sanciones por parte de COFEPRIS

Es importante que te asesores de manera correcta, si tienes dudas o preguntas, nos puedes escribir un WhatsApp o Marcar al 3316978421

El trámite corresponde al tipo de proyecto que presentaras, debido a que influyen diferentes factores como;

Medio publicitario

Tipo de establecimiento

Servicio o producto a promover

Titulo publicitario

Cada uno son variables que modifican todos los aspectos del trámite.

De igual manera implica el tabulador de multas o sanciones por parte de COFEPRIS

Es importante que te asesores de manera correcta, si tienes dudas o preguntas, nos puedes escribir un WhatsApp o Marcar al 3316978421

Deja tus datos aquí para que recibas una asesoría personalizada de acuerdo a tu producto o servicio de salud con uno de nuestros especialistas en trámites en la COFEPRIS